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Procedimiento para el otorgamiento excepcional de prestaciones monetarias temporales de la asistencia social a trabajadores declarados disponibles

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Requisitos


Solo se otorga a trabajadores declarados disponibles imposibilitados de incorporarse al empleo y se haya comprobado la insuficiencia de ingresos para asumir la alimentación, medicamentos y el pago de los servicios básicos.


La Resolución No.41 del 21 de diciembre de 2010, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, dispone el procedimiento y los términos para la evaluación, análisis, aprobación o denegación del otorgamiento excepcional de prestaciones monetarias temporales de la asistencia social a trabajadores declarados disponibles, cuando persiste la imposibilidad de incorporarse al empleo.


El Director de Trabajo Municipal, una vez recibida la solicitad del trabajador disponible verifica que está imposibilitado de incorporarse al empleo y dispone la investigación de la situación de los ingresos del núcleo familiar. En un plazo que no exceda de cinco días hábiles a partir de recibida la solicitud, presenta la propuesta al presidente del Consejo de la Administración Municipal del Poder Popular correspondiente.

La propuesta del Director de trabajo Municipal se realiza teniendo en cuenta las cuantías establecidas en la escala, para el otorgamiento de las prestaciones de la asistencia social, siguiente:

  • 1 persona, 147 pesos mensuales
  • 2 personas, 158 pesos mensuales
  • 3 personas 167 pesos mensuales
  • 4 personas 175 pesos mensuales
  • 5 personas o más, 190 pesos mensuales.

Procedimiento para el otorgamiento de las prestaciones monetarias de la Asistencia Social.

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