Trámites y Servicios

Información útil y acceso a trámites y servicios

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado

DIRECCIÓN MUNICIPAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Yateras

Dirección: Palenque Centro

Trámites que presta

  1. Tramites de la asistencia
  2. Prestación de ayuda mantearía temporal a personas que lo necesitan.
  3. Entrega de recursos a familiares con situaciones críticas.
  4. Tramita empleo a personas desvinculadas.
  5. Tramitación y autorización al ejercicio de trabajo por cuenta propia.
  6. Tramita y se da empleo a los graduados de la fuerza técnica calificada a otras fuentes priorisadas como egresados del SMA, centros penitenciarios, discapacitados entre otros.

Contacto: Teléfono  21835178

 

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado

Requisitos


Solo se otorga a trabajadores declarados disponibles imposibilitados de incorporarse al empleo y se haya comprobado la insuficiencia de ingresos para asumir la alimentación, medicamentos y el pago de los servicios básicos.


La Resolución No.41 del 21 de diciembre de 2010, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, dispone el procedimiento y los términos para la evaluación, análisis, aprobación o denegación del otorgamiento excepcional de prestaciones monetarias temporales de la asistencia social a trabajadores declarados disponibles, cuando persiste la imposibilidad de incorporarse al empleo.


El Director de Trabajo Municipal, una vez recibida la solicitad del trabajador disponible verifica que está imposibilitado de incorporarse al empleo y dispone la investigación de la situación de los ingresos del núcleo familiar. En un plazo que no exceda de cinco días hábiles a partir de recibida la solicitud, presenta la propuesta al presidente del Consejo de la Administración Municipal del Poder Popular correspondiente.

La propuesta del Director de trabajo Municipal se realiza teniendo en cuenta las cuantías establecidas en la escala, para el otorgamiento de las prestaciones de la asistencia social, siguiente:

  • 1 persona, 147 pesos mensuales
  • 2 personas, 158 pesos mensuales
  • 3 personas 167 pesos mensuales
  • 4 personas 175 pesos mensuales
  • 5 personas o más, 190 pesos mensuales.

Procedimiento para el otorgamiento de las prestaciones monetarias de la Asistencia Social.

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado

La ley de Seguridad Social  No 105 del 2008, dispone en su artículo4 que  el régimen de asistencia social protege a cualquier persona no apta para trabajar que carezca de familiares en condiciones de prestarle ayuda. La protección de la asistencia social se concede mediante prestaciones monetarias, especies y servicios.

Por su parte, el capítulo II de las prestaciones monetarias del Decreto, No 283, Reglamento de la ley, restablece la concesión de estas prestaciones, que según su naturaleza pueden ser temporales o eventuales. Asimismo, se regula que ante casos excepcionales, el ministro de trabajo y Seguridad Social  puede conceder prestaciones monetarias temporales excepcionales de Régimen Social en cuantías superiores a las contenidas en la escala establecida.

Todas las propuestas de prestaciones, son sometidas al Consejo de Dirección de la instancia municipal, provincial o nacional, según el nivel al que corresponda la decisión, para su aprobación, denegación o prestar propuesta al nivel superior.

Son prestaciones monetarias eventuales las que se otorgan cuando la persona o núcleo familiar, por razones excepcionales y justificadas, presente una situación  emergente.

Según se dispone en el Decreto No 283, Reglamento de la Ley, se considera situación emergente, cuando se carece de apoyo familiar y de ingresos para asumir los gastos básicos inmediatos para la manutención a niños, adultos mayores, personas con discapacidad, gravemente enfermas u otros pagos que se consideren impostergables.

Son prestaciones monetarias temporales las que  se otorgan por el término de hasta un año, cuando se prevé  que la situación del núcleo familiar que originó su concesión, se prolonga en el tiempo.

La cuantía de las prestaciones temporales se fija teniendo en cuenta la escala establecida, condicionada a la cantidad de integrantes del núcleo familiar y la necesidad de protección, para lo que se deberá comprobar la:

  • Incapacidad de los miembros del núcleo familiar para incorporarse al empleo, motivado por situaciones de salud, discapacidad u otras causa que lo justifiquen.
  • Insuficiencia de ingresos para asumir los gastos básicos
  • Carencia de familiares obligados en condiciones de prestar ayuda.

Procedimiento para el otorgamiento excepcional de prestaciones monetarias temporales de la asistencia social a trabajadores declarados disponibles

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado

Requisitos

Solo  se le otorga a adultos mayores o personas con discapacidad que vivan solas, careciendo de familiares obligados  a prestar ayuda o personas convivientes, y que se encuentren encamados o con movilidad restringidas.

Podrá evaluarse el otorgamiento de servicio en núcleos integrados por más de un conviviente, si todos presentan discapacidad severa o enfermedades invalidantes  o carecen de familiares obligados.

Características 

Los requisitos que debe de cumplir el trabajador  que ocupe la plaza de asistencia social en el domicilio son:

  1. mantener un adecuado conducta social y moral.
  2. Certificado médico acreditando estado de salud estable, ausencia de patologías riesgosas y antecedentes de desórdenes siquiátricos.
  3. Mayores de 18 años.

Entrega de recursos a familiares con situaciones críticas.

El otorgamiento tiene un carácter excepcional, fundamentado en situaciones grabes de salud, discapacidad o carencia de ingreso ante la imposibilidad de trabajar.

Los recursos se comercializan a precio sin subsidios en unidades minoristas de comercio, subordinadas a las empresas minoristas de comercio, a partir  de disponer del financiamiento en el plan, para la adquisición de los mismos, pudiendo emplear además, mercancías procedentes del abandono ,decomisos y desastres del turismo.

La forma de pago será empleando las modalidades siguientes:

  1. Por cheques, entre empresas con cargos a la asistencia social .
  2. Pago en efectivo por el beneficiario.

Cuando se demuestre la insuficiencia de ingreso del núcleo familiar para comprar recursos, se otorga una prestación monetaria en efectivo, equivalente al valor parcial o total de su precio de venta.  

Comentarios recientes:

¿Le ha resultado útil la información publicada en este portal?

¿Hay algún error en esta página? Ayúdenos a mejorar