Transferencia de propiedad por fallecimiento del titular

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  • Pruebas que acrediten la ocupación de la vivienda durante cinco (5) años con antelación al fallecimiento del propietario.
  • Sello del timbre por valor de $ 10.00.
  • Transferencia de la propiedad a los usufructuarios onerosos ocupantes legítimos y arrendatarios (Norma Jurídica Resolución No. V00/2014, Art. 16 y siguientes).

    La solicitud de transferencia de la propiedad, se hace mediante escrito que debe contener:

    Nombre del cónyuge, se procede